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Proceso de Solicitud de Visa de Trabajo Temporal

Existen muchas maneras de obtener permiso para trabajar temporalmente en EE. UU. La obtención de una visa de trabajo temporal depende de muchos factores, entre ellos, la educación, la capacitación, la ciudadanía, la empresa que ofrece la oportunidad de empleo y el puesto específico ofrecido. Aquí encontrará una lista de las visas de trabajo temporal más utilizadas, en las que nuestra oficina se especializa. Obtenga más información sobre cada una.

H-1B​

Visa de Trabajo Temporal

Trabajos bajo la H-1B

El estatus H-1B está disponible para personas que trabajan en EE. UU. en un puesto que requiere al menos una licenciatura o su equivalente en una ocupación especializada. El empleado debe tener al menos el título requerido o su equivalente. Hay un número limitado de visas H-1B disponibles cada año.

La validez inicial es de tres años y puede renovarse por tres años adicionales, para un total de seis. Se pueden extender más allá de los seis años si se ha solicitado la residencia permanente (tarjeta verde). Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela. Algunos cónyuges con visa H-4 pueden trabajar si el cónyuge con visa H-1B se encuentra en una etapa específica del proceso de la tarjeta verde.

B-1/B-2

Visa Temporal

Visitantes de Negocios/Placer

La visa B es la más utilizada. Permite a una persona viajar a los EE. UU. por negocios o placer. Se pueden solicitar prórrogas. Los familiares dependientes del principal B no se incluyen automáticamente y deben solicitar sus propias visas B.

H-1B1

Visa de Trabajo Temporal

Tratado de Libre Comercio (TLC) Profesional, Ocupación Especializada – Chile, Singapur

El estatus H-1B1 está disponible para ciudadanos chilenos y singapurenses que trabajan en EE. UU. en un puesto que requiera al menos una licenciatura o su equivalente en una ocupación especializada. El empleado debe tener al menos el título requerido o su equivalente.

Existen requisitos alternativos, más generosos, para la licenciatura requerida para gerentes agrícolas (Chile), fisioterapeutas (Chile), consultores de gestión (Chile y Singapur) y liquidadores de siniestros de socorro en casos de desastre (Chile y Singapur).

E-1/E-2

Visa Temporal

Comerciante

Visa E1, conocida como la visa de comerciante por tratado internacional, es un tipo de visa de no inmigrante que permite a ciudadanos de países con tratados comerciales con Estados Unidos ingresar al país para realizar negocios. Es una visa para empresarios y comerciantes que participan en comercio internacional entre Estados Unidos y su país de origen
Visa E-2 es una visa de no inmigrante que permite a ciudadanos de países con tratados comerciales con Estados Unidos invertir y administrar un negocio en los Estados Unidos. Para calificar, el inversionista debe ser ciudadano de un país con tratado, haber invertido una cantidad sustancial de capital en un negocio estadounidense, y estar desarrollando y dirigiendo ese negocio

E-3

Visa de Trabajo Temporal

Australiano, Ocupación Especializada

El estatus E-3 está disponible para ciudadanos australianos que trabajen en EE. UU. en un puesto que requiera al menos una licenciatura o su equivalente en una ocupación especializada. El empleado debe tener al menos el título requerido o su equivalente.

La validez inicial es de dos años y se aprueban prórrogas regularmente. Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela. Los cónyuges dependientes pueden trabajar.

L-1

Visa de Trabajo Temporal

Transferencia dentro de la empresa

El estatus L-1 es utilizado por empresas, grandes y pequeñas, para transferir gerentes, ejecutivos y empleados con conocimientos especializados, que hayan trabajado durante al menos un año de los últimos tres años en el extranjero, a una entidad relacionada en EE. UU. Debe existir una relación entre la entidad estadounidense y la empresa extranjera, como una matriz, una subsidiaria, una sucursal o una filial. El personal también puede ser transferido para iniciar operaciones en EE. UU.

La validez inicial es de tres años (una nueva oficina solo se aprobaría inicialmente por un año), con extensiones, según la categoría. Existe una vía especial para la residencia permanente de gerentes y ejecutivos. Los dependientes pueden acompañar a su familiar a EE. UU. y asistir a la escuela. Los cónyuges dependientes pueden trabajar en EE. UU.

O-1

Visa de Trabajo Temporal

Persona con Capacidad o Logros Extraordinarios

La visa O-1 es una visa de no inmigrante para personas con habilidades extraordinarias en las ciencias, artes, educación, negocios o deportes, o con logros extraordinarios en la industria del cine o la televisión. La visa O-1 está disponible para personas con "capacidad extraordinaria" para trabajar en EE. UU. El examen de capacidad extraordinaria es bastante riguroso. Las personas que han alcanzado la cima en su campo pueden obtener un permiso para permanecer y trabajar en EE. UU.

P-1

Visa de Trabajo Temporal

Atleta individual o de equipo, o miembro de un grupo de entretenimiento

La P-1A está disponible para atletas y entrenadores (individualmente o como parte de un equipo o grupo) con reconocimiento internacional. Esta categoría incluye a aficionados, profesionales y miembros de ligas menores. Esta clasificación también puede incluir a personas que prestan servicios esenciales para ese grupo en particular.

La validez inicial para los atletas P-1A puede ser de hasta cinco años, con prórrogas de hasta cinco años adicionales, según el evento. Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela, pero no pueden trabajar en EE. UU.

La validez inicial para equipos deportivos o grupos de entretenimiento P-1A puede ser de hasta un año, con prórrogas de hasta cinco años adicionales, según el evento. Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela, pero no pueden trabajar en EE. UU.

La visa P-1B está disponible para grupos de entretenimiento con reconocimiento internacional por su destacada trayectoria en su disciplina durante un largo período. También está disponible para artistas individuales que han mantenido esta relación sostenida con un grupo durante más de un año. Esta clasificación también puede incluir a personas que prestan servicios esenciales para ese grupo en particular.

La validez inicial para equipos deportivos o grupos de entretenimiento P-1B puede ser de hasta un año, con prórrogas de hasta cinco años adicionales, según el evento. Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela, pero no pueden trabajar en EE. UU.

P-2

Visa de Trabajo Temporal

Artista o Artistas (Individual o Grupo)

La visa P-2 está disponible bajo los llamados programas de intercambio recíproco. Estos programas son organizaciones que trabajan juntas en EE. UU. y otro país en particular. Esta clasificación también puede incluir a personas que prestan servicios esenciales para ese grupo en particular.

La validez inicial de la visa P-2 puede ser de hasta un año, con prórrogas de hasta un año, según el evento. Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela, pero no pueden trabajar en EE. UU.

P-3

Visa de Trabajo Temporal

Artista o Animador (Individual o Grupo)

La visa P-3 es para quienes enseñan, entrenan o actúan en relación con un programa cultural, tradición o presentación artística única. También aplica a personas que apoyan dichos servicios.

La validez inicial de la visa P-3 puede ser de hasta un año, con extensiones de hasta un año, según el evento. Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela, pero no pueden trabajar en EE. UU.

R-1

Visa de Trabajo Temporal

Trabajador Religioso

La visa R-1 permite a los trabajadores religiosos trabajar en EE. UU. No es necesario ser sacerdote, rabino o monja para calificar para este tipo de visa; basta con ser trabajador religioso. El instructor de música de una institución o escuela religiosa podría calificar, ya que su trabajo implica la enseñanza religiosa. Incluso los recaudadores de fondos para instituciones religiosas y los miembros de la junta directiva de la institución religiosa podrían calificar para este tipo de visa, ya que los valores o instrucciones religiosas pueden ser un componente importante de su trabajo. Sin embargo, un conserje de una institución religiosa o escuela probablemente no calificaría. La validez inicial es de 30 meses, con una extensión de 30 meses. Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela, pero no pueden trabajar en EE. UU.

TN

Visa de Trabajo Temporal

Tratado Canadá-Estados Unidos-México [anteriormente TLCAN]

El estatus TN está disponible para ciudadanos canadienses y mexicanos que realizan actividades profesionales. El tratado incluye una lista de estas actividades. Si bien la mayoría de las categorías laborales requieren una licenciatura, algunas no la requieren.

La validez inicial es de tres años y se aprueban prórrogas de tres años regularmente. Los dependientes pueden acompañar a su familiar y asistir a la escuela, pero no pueden trabajar en EE. UU.